PAGARES MERCANTILES.
Si un pagaré mercantil no es cubierto en la fecha de su vencimiento y el deudor otorga al acreedor un nuevo pagaré por el capital y los réditos vencidos, se efectúa una novación de contrato, y del nuevo pagaré ya no puede derivarse la acción ejecutiva mercantil, puesto que no ha habido entrega de dinero del acreedor al deudor, sino sólo reconocimiento, por parte de éste, de adeudar al primero una cantidad determinada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282327-36acf97d/pagares-mercantiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2748/25. Zajur Salvador. 10 de junio de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PAGARE MERCANTIL. (s/clave)
- PAGARES MERCANTILES. (s/clave)
- PAGARES MERCANTILES. (s/clave)
- PAGARES. NO LO SON AQUELLOS DOCUMENTOS EN CUYO TEXTO SE OMITA HACER MENCION DE QUE SE TRATA DE ESOS TITULOS DE CREDITO. (XIII.2o.1 C)
- NOVACION, INEXISTENCIA DE LA CUANDO SE ESTIPULAN PAGOS PARCIALES. (s/clave)
- PAGARES, EXCEPCIONES PERSONALES CONTRA LAS ACCIONES DERIVADAS DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis