ARANCEL DE 12 DE FEBRERO DE 1840.
El arancel de 1840 para el cobro de honorarios, quedó derogado por el artículo 26 transitorio del Código Civil, y por el 6o., también transitorio del Código de Procedimientos Civiles, ambos para el Distrito y Territorios Federales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282536-99f69c3b/arancel-de-12-de-febrero-de-1840 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XIX, página 1209. Indice Alfabético. Amparo 1848/23. García Barrios Angel. 10 de diciembre de 1926. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. Ponente: Ricardo B. Castro.
Tomo XIX, página 320. Amparo civil en revisión 3412/25. Alvarado Julio C. 21 de agosto de 1926. Unanimidad de nueve votos, en cuanto la revocación del sobreseimiento y por mayoría de ocho votos en cuanto al fondo del asunto. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. Relator: Salvador Urbina.
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