SEGUROS.
Las operaciones de seguros que se practiquen por cualquier corporación, son de interés público, y, por lo mismo, la sociedad está interesada en que aquéllas se lleven a cabo de acuerdo con la ley; de tal manera que al no cumplirse con las disposiciones legales, se afecta, no sólo a la sociedad, sino al Estado, el cual también sufre perjuicio, por cuanto a que se le impediría su acción, para exigir las garantías y seguridades que debe dar toda compañía, al practicar operaciones de seguros.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282602-2c97a342/seguros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Compañía Bancaria de Crédito, S.C.L. 9 de septiembre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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