SEGUROS
Contra los actos de la autoridad administrativa, que tiendan a la vigilancia de las compañías de seguros y al cumplimiento de la ley que rige a estas instituciones, no procede conceder la suspensión, ya que esto causaría perjuicios a la sociedad y el Estado, desde el momento en que dichas entidades tienen positivo interés en la vigilancia de las sociedades anónimas, que explotan los seguros, y, demás, en que se inviertan los fondos respectivos en valores mexicanos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313946-41d9a76f/seguros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3707/30. Compañía de Seguros "El sol de Canadá". 8 de octubre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SEGUROS. (s/clave)
- SEGUROS. (s/clave)
- SEGUROS. (s/clave)
- SEGUROS. (s/clave)
- SEGUROS, INSTITUCIONES DE. PROCEDE LA SUSPENSION CONTRA LA ORDEN GIRADA PARA CONSTITUIR E INVERTIR UNA RESERVA PARA OBLIGACIONES PENDIENTES DE CUMPLIR. (s/clave)
- SEGUROS, SUSPENSION A LAS COMPAÑÍAS DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis