QUEJA EN JALISCO.
El recurso de queja que establece la legislatura de Jalisco, para ante los Tribunales del Estado, no es un recurso ordinario; por tanto, no es obstáculo para la procedencia de la demanda de amparo, que no se haya hecho valer dicho recurso, ni éste cabe tratándose de juicios mercantiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282693-fc2aed79/queja-en-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Pérez Verdía José. 14 de octubre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- QUEJA EN JALISCO. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
- QUEJA EN JALISCO. (s/clave)
- QUEJA EN EL ESTADO DE TLAXCALA. (s/clave)
- QUEJA EN EL ESTADO DE PUEBLA. (s/clave)
- QUEJA EN EL ESTADO DE PUEBLA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis