CARGOS DE ELECCION POPULAR.
Es improcedente conceder la suspensión que tenga por efecto que un individuo se exima de servir un cargo de elección popular, porque con ello recibiría perjuicio la sociedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282697-b4b8d062/cargos-de-eleccion-popular · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Bustamante Constantino. 14 de octubre de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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