COMPRAVENTA.
En este contrato el precio no es circunstancia accidental, puesto que los elementos constitutivos para la existencia de dicho contrato, son que se trate de cosa cierta, en precio cierto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283241-6986c394/compraventa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2858/21. Sociedad Pedro Marcos y Hermanos. 9 de abril de 1926. Mayoría de siete votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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