Corpus
Modo: Corpus Pro

AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 284153 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1447

Sólo puede promoverse y seguirse por la parte a quien perjudica el acto o la ley que se reclama, debiendo hacerlo por sí, por apoderado o por su legítimo representante; por defensor, si se trata de un acto que corresponda a una causa criminal, y también por medio de algún pariente y hasta de un extraño, en los casos en que expresamente lo permite la ley; y el que promueva una persona que no esté comprendida en la enumeración anterior, debe tenerse por no interpuesto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284153-c92cef57/amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 4071/23. Lombardo Luis y coagraviado. 19 de diciembre de 1925. Mayoría de siete votos, respecto al sobreseimiento decretado en la primera proposición de esta sentencia. Mayoría de ocho votos, respecto de que se concediera el amparo. Disidentes: Salvador Urbina y Manuel Padilla en ambas votaciones. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.