DEPOSITARIO JUDICIAL.
El depositario no posee a nombre propio sino en el de aquel que obtiene en definitiva el juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284637-ff20a0b0/depositario-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. López Caso José y coagraviado. 11 de diciembre de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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