MANDATO.
El mandato para ejercitar actos de administración, no comprende a los que en cualquier forma comprometan el patrimonio del mandante, y así, no es legal aceptar que comprende la facultad para celebrar el contrato de mutuo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284731-b3991a85/mandato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Herrera viuda de Seguí María. 8 de enero de 1924. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Victoriano Pimentel y Salvador Urbina. Disidentes: Manuel Padilla, Sabino M. Olea, Ricardo B. Castro y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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