APRECIACION DE LA PRUEBA.
Los tribunales son soberanos para apreciar las pruebas, y sólo es permitido a los tribunales federales, en la vía de amparo, analizar las probanzas rendidas, cuando se han violado las leyes reguladoras de la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284746-55afa10a/apreciacion-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. González Amador. 10 de enero de 1924. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Manuel Padilla, Ricardo B. Castro, Jesús Guzmán Vaca y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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