PRUEBAS EN EL JUICIO DE AMPARO.
La ley reglamentaria relativa, fija como mínimum, para el ofrecimiento de las pruebas pericial y testimonial, en el juicio de amparo, los dos días anteriores a la celebración de la audiencia; pero de ninguna manera exige que precisamente dentro de ese término, se promuevan esas dos clases de pruebas; por lo que si se ofrecen antes de dicho plazo, deben de considerarse ofrecidas en tiempo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285447-3dd73863/pruebas-en-el-juicio-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Caden viuda de Evans Rosalía Emma. 16 de agosto de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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