AUTO DE FORMAL PRISION.
En él se establece presuntivamente la responsabilidad criminal del acusado a quien se somete a proceso; y para justificar su detención, no puede en modo alguno clasificarse, ni el grado del delito, ni sus diversas modalidades, pues tal cosa, es objeto de la sentencia definitiva, al establecer la culpabilidad y la pena aplicable al caso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285659-79fa7a4a/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Guerrero Javier. 9 de octubre de 1923. Mayoría de ocho votos. Ausente: Victoriano Pimentel. Disidentes: Salvador Urbina y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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