SUPLICA.
Este recurso tan sólo se ha concedido respecto de sentencias de tercer grado, habiéndose reservado el recurso de alzada para las sentencias de primera instancia, siempre que sean apelables, no procediendo el recurso de súplica contra dichas sentencias, si contra ellas no cabe la apelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285697-9c756b05/suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Márquez viuda de Nuñez Josefa. 22 de octubre de 1923. Mayoría de cinco votos. Ausente: Victoriano Pimentel. Disidentes: Manuel Padilla, Jesús Guzmán Vaca, Francisco Díaz Lombardo y Francisco Modesto Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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