PAGOS EN ORO NACIONAL.
Es indudable que deben hacerse en esa especie, los de las cantidades recibidas con anterioridad a la circulación forzosa del papel moneda, porque, aun cuando hayan existido billetes, éstos eran de aceptación voluntaria, y representaban su valor íntegro en oro nacional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286177-7cd6ec24/pagos-en-oro-nacional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Sámano Laureano y "Maíz Hermanos". 3 de abril de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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