DEVOLUCION DE LA COSA ROBADA.
El hecho de decretar la devolución de la cosa que se dice robada, fuera del incidente de responsabilidad civil o de la sentencia que en el proceso recaiga y sin conocimiento ni audiencia del procesado, importa una violación de las garantías individuales de éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288395-128b71f9/devolucion-de-la-cosa-robada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Pérez Baldomero. 18 de septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Adolfo Arias, Gustavo A. Vicencio y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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