CONTRATO DE TRABAJO.
En las diferencias surgidas con motivo de él y sujetas al tribunal de arbitraje, si el patrono se negare a someter aquellas a dicho tribunal, o a aceptar el laudo que se pronuncie, se dará por terminado el contrato de trabajo, quedando obligado a indemnizar al obrero con el importe de tres meses de salario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289498-3d35efec/contrato-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Jiménez Borreguí Nicolás, sucesión de. 8 de enero de 1919. Mayoría de seis votos. Ausentes: Agustín de Valle y Santiago Martínez Alomía. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el ponente.
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