PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
La que, en uso de sus facultades, hacen los tribunales, de las rendidas en un juicio, no constituye, por sí sola, violación de garantías; a menos que se pruebe que se han aplicado inexactamente las disposiciones legales relativas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290714-9a6797bb/pruebas-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Euán Molina Liberato. 18 de octubre de 1918. Unanimidad de nueve votos, respecto al punto primero y terceros resolutivos y por mayoría de ocho votos, por lo que respecta al segundo punto. Ausentes: José M. Truchuelo y Enrique Moreno. Disidente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- APRECIACION DE LAS PRUEBAS. (s/clave)
- APRECIACION DE LAS PRUEBAS. (s/clave)
- APRECIACION DE LAS PRUEBAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis