ACCION.
El código procesal civil de Guanajuato, al disponer que ninguna puede intentarse, si no se acompaña el título que la acredite, en los casos en que para validez de los contratos se requiera que se otorguen en escritura pública o privada, se refiere al ejercicio de las acciones que se derivan de los contratos solemnes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291558-a79d34bc/accion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Trillo Villaseñor Manuel. 26 de marzo de 1918. Mayoría de seis votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Enrique Colunga, Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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