ORDEN DE APREHENSION.
No es violatoria de garantías individuales la que se dicta por la autoridad judicial competente, contra el presunto autor de un delito, en virtud de arrojar la averiguación respectiva datos suficientes para fundar la orden.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291714-400ed8b0/orden-de-aprehension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Fierros Esteban E. 22 de abril de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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