DUDA.
Cuando un tribunal concluye en la condena mediante raciocinio denotando seguridad y firmeza, se aparece automáticamente la oportunidad de aplicación de los preceptos procesales relativos a la necesidad de absolver por duda, ya que es un estado de conciencia, como tal, subjetivo, e implica ausencia completa de convicción, suspensión de juicio como resultante de indecisión ante la afirmación o negación de una realidad; estado de perplejidad por no saber que sustentarse a un medio entre dos posibilidades en que ninguna de ellas muestra perfiles bastante convincentes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293671-37d62e59/duda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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