DISPARO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA.
Si quedó acreditado en autos que la lesión causada al ofendido fue de las que ponen en peligro la vida, no es adecuado sumar la sanción del delito emergente con la del disparo o ataque, pues el peligro está castigado ya por la sanción inherente a las lesiones de tal naturaleza. El delito de lesiones que ponen en peligro la vida absorbe al diverso delito de disparo de arma y, por lo mismo, aplicar también la pena correspondiente a éste último delito sería tanto como sancionar dos veces el peligro causado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294222-115f2eb9/disparo-de-arma-de-fuego-y-lesiones-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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