CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA).
El delito que dio origen al proceso y las circunstancias de ejecución, no pueden servir de base para juzgar de la anterior buena conducta del reo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295558-5acb275c/condena-condicional-buena-conducta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2363/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.
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