INDULTO NECESARIO.( TESTIGOS).
La constancia de los testigos presentada por el solicitante del indulto, en la que se dice que el no fue el autor del delito, sino otras personas entre las que no se encontraba dicho solicitante, no invalida en forma alguna las pruebas en que se fundo la sentencia de primera instancia, puesto que ésta prueba no debe aceptarse por no haberse rendido oportunamente y en los términos del Código de Procedimientos Penales aplicable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296170-7629cbc6/indulto-necesario-testigos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Indulto Necesario 2/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- INDULTO NECESARIO. (s/clave)
- INDULTO NECESARIO IMPROCEDENTE. (s/clave)
- TESTIGOS EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- INDULTO NECESARIO. (s/clave)
- TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL. (s/clave)
- INDULTO NECESARIO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis