ESTUPRO, DELITO DE.
El delito de estupro contiene como elemento esencial el hecho de que la cópula sea lograda con el consentimiento de la ofendida, de manera que si resulta que no prestó su consentimiento dicha parte, esto basta para que deba tenerse por no comprobado el cuerpo de este delito. Además, es también elemento integrante del delito la buena conducta de la ofendida, que debe en todo caso estar sujeta a prueba y no presumirse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296629-e3d0c110/estupro-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5251/52 y 5255/52 acumulados. 14 de octubre de 1953. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José M. Ortiz Tirado.
Jurisprudencia relacionada
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO. (s/clave)
- ESTUPRO, CONSENTIMIENTO EN EL DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis