DOCUMENTOS EJECUTIVOS.
Las manifestaciones de voluntad de los particulares y en general su actividad, no puede influir para configurar la naturaleza jurídica de un documento (título ejecutivo), al que la ley imprimió distintas formalidades, sin las cuales aquél no nace a la vida jurídica, siendo esto con total independencia de quien haya subscrito un documento tenga que responder de esa obligación, nada más que es exigible en distinta vía, y no dando al título el carácter que no tiene.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296702-93341e2b/documentos-ejecutivos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3332/52. Hoffman Bob. 19 de agosto de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabriel García Rojas y Agustín Mercado Alarcón. Relator: Rafael Rojina Villegas.
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