APELACION EN MATERIA PENAL.
No obstante que la pena impuesta en las dos instancias haya sido la misma, si la apelación fue abierta a petición solamente del sentenciador, el tribunal de alzada agravó la situación del reo al calificar el delito como de mayor gravedad, lo que se traduce para el mismo sentenciado en consecuencias de mayor importancia, entre otras, la de que por considerarse el delito como intencional y no de imprudencia, como lo había hecho el Juez de primera instancia, se establece la base para que si posteriormente incurre en la comisión de otro hecho delictuosos, se le considere reincidente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297441-1f89d668/apelacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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