ESTUPRO, DELITO DE (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
Los elementos constitutivos del delito de estupro tipificado en el artículo 247 del Código Penal del Estado, son lo siguientes: a) cópula; b) con mujer de dieciséis años; c) casta y honesta y d) con su consentimiento, obtenido por medio de la seducción o del engaño.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297836-58b68b4c/estupro-delito-de-legislacion-de-nuevo-leon · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8076/47. Ramírez González Manuel. 21 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ESTUPRO, DELITO DE (LEGISLACION DE NUEVO LEON). (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE (LEGISLACION DE YUCATAN). (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE (LEGISLACION DE TABASCO). (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE (LEGISLACION DE DURANGO). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis