ASALTO EN DESPOBLADO.
Si resultaron cometidos los delitos de asalto en despoblado y violación durante la vigencia del decreto de siete de octubre de mil novecientos cuarenta y tres, como el Congreso de la Unión, en uso de sus facultades, declaró que había cesado el estado de emergencia, procede que la autoridad responsable dicte nuevo fallo, aplicando la legislación común en materia represiva; toda vez que la misma tiene figuras delictivas típicas, como lo son la de asalto en despoblado con violación de personas, sin que ello signifique que el Ejecutivo carecía de facultades para crear este tipo de delitos. en el decreto de emergencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297901-11cd6e13/asalto-en-despoblado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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