Corpus
Modo: Corpus Pro

RAPTO, DELITO DE (LEGISLACION DE JALISCO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 298720 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 622

Si bien la Ley Penal del Estado, no aplica específicamente el nombre jurídico tradicional de rapto, al definir y sancionar el hecho previsto en el artículo 239, también lo es que es indiferente la denominación de rapto empleada por la responsable y acogida por el Juez del amparo, pues a más de ser apropiada, aun siendo errónea, por sí, no implicaría violación de garantías; la atipicidad pretendida carece de relevancia, pues el delito de rapto si está expresamente titulado en la Ley, y los hechos imputados están descritos y penados por el Código Penal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298720-4c565566/rapto-delito-de-legislacion-de-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 4174/49. Campos Ricardo, Jr. 13 de abril de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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