RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO (APLICACION ANALOGICA DE LA LEY).
Cuando una resolución se apoya en los artículos 296 y 298 de la Ley Federal del Trabajo, para resolver el problema sobre la reparación causada por responsabilidad civil, no debe establecerse que ello sea contrario a las prevenciones del artículo 14 constitucional, ni al 19 del Código Civil, si el juzgador no hizo más que aplicar analógicamente, las mencionadas disposiciones a un caso semejante, pues dichas disposiciones regulan un hecho de igual naturaleza, ya que en ambos se crea la responsabilidad en atención al riesgo creado y, por consiguiente, debe tener igual reglamento en la interpretación de la ley, que en su sentido amplio comprende, según la doctrina, la analogía que sólo es la elaboración de normas nuevas para casos no previstos, deducidos en casos afines regulados por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299561-319af629/responsabilidad-civil-proveniente-de-delito-aplicacion-analogica-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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