Corpus
Modo: Corpus Pro

CHEQUES GIRADOS SIN FONDOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 299750 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2178

Procede amparar al reo contra la sentencia que lo condenó por el delito previsto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, si no está plenamente probado que, mediante el libramiento del cheque sin fondos, haya obtenido un lucro, o enriquecimiento ilegítimo, ni que lo haya dado en pago; así pues, si no se causó perjuicio a persona alguna, con motivo de la expedición del cheque no cobrado, en virtud de haberse retirado antes del plazo legal, los fondos necesarios para cubrirlo, y además, el cobrador no obtuvo para sí ni para persona alguna un enriquecimiento indebido con tales actos, el cuerpo del delito de fraude por el cual fue procesado y sentenciado el quejoso no quedó comprobado, y la sentencia que así lo declaró es violatoria de sus garantías constitucionales, que procede reparar.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299750-73966cc0/cheques-girados-sin-fondos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 8961/48. Masri Cherem Abraham. 7 de septiembre de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Rebolledo y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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