AUTO DE FORMAL PRISION (TESTIGOS).
El Juez de la causa deberá valorar los testimonios de cargo hasta que se dicte su sentencia, siendo suficiente, para dictar el auto de formal prisión, la existencia de tales testimonios, si hacen presumir la responsabilidad del indiciado en los delitos por los cuales fue sujetado a proceso, cuyos cuerpos del delito de encuentran manifiestamente demostrados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300359-26088b89/auto-de-formal-prision-testigos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 6736/47. Hernández Vera Francisco. 27 de febrero de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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