AUTO DE FORMAL PRISION (TESTIGO SINGULAR EN EL PROCESO).
La declaración de un testigo en el sentido de que presentó cuando el inculpado realizó el acto delictuoso, es un dato suficiente por sí solo, para estimar acreditada su presunta responsabilidad en el delito de que se trata, para los efectos del auto de formal prisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302253-490e6d24/auto-de-formal-prision-testigo-singular-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 4932/47. Valente Hilario. 9 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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