FRAUDE, DELITO DE.
Los elementos intrínsecos del delito de fraude previsto y sancionado por el artículo 386 reformado del Código Penal, están constituidos por el engaño en que hace inducir el sujeto activo del delito, al pasivo, para hacerse ilícitamente de una cosa o alcanzar un lucro indebido, o en el aprovechamiento del error en que se halle el propio sujeto pasivo, para obtener los fines indicados, usando medios ilícitos, en la inteligencia de que debe examinarse la posible causalidad entre ese engaño o aprovechamiento y la obtención de lucro indebido de manera ilícita.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300718-07a96d4e/fraude-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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