LEGITIMA DEFENSA, EXCLUYENTE DE.
Para que la legítima defensa opere, se requiere que el acusado obre en repulsión de un agresión actual, violenta, sin derecho y de la que le resulte un peligro inminente, y si no aparece que concurra alguna de estas circunstancias, ya que el reo, lejos de repeler una agresión, fue precisamente quien se presentó armado al domicilio de su víctima a hacerle una reclamación, en forma inconveniente, no pudo existir la legítima defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301065-07396ce9/legitima-defensa-excluyente-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7736/48. Altuzar Enrique Alfonso. 22 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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