CAREOS.
Estando en autos demostrado el cuerpo del delito y la responsabilidad en el mismo, del acusado, con independencia integral de los testigos de cargo con quienes no fue careado, se pone de manifiesto que no por tal omisión hay una violación sustancial a la garantía de la fracción IV del artículo 20 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301464-55719a4d/careos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5079/47. Macías Orozco José. 20 de octubre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo LXVIII, página 1110, tesis de rubro "CAREOS.".
Tomo LXXIII, página 1185, tesis de rubro "CAREOS.".
Tomo LXXXIII, página 3711, tesis de rubro "CAREOS.".
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