PERITOS EN EL PROCESO, APRECIACION DE LA PRUEBA DE.
El uso de la facultad arbitral que concede a los Jueces, el artículo 254 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal para calificar, según las circunstancias, el valor probatorio de todo juicio pericial, incluso el cotejo de letras y los dictámenes de peritos científicos, sólo puede estimarse violatorio de garantías, si no se hacen en forma lógica y congruente con los datos que aparezcan en el proceso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301513-9a13bf8e/peritos-en-el-proceso-apreciacion-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8363/46. García Rivas Luis. 29 de octubre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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