Corpus
Modo: Corpus Pro

DESPOJO, DELITO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 301772 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 492

Las constancias de autos no conducen a considerar que existe el delito de despojo que se atribuye a los acusados, si éstos no se introdujeron de propia autoridad al inmueble de que se trata, ni lo ocuparon con violencia, amenaza o engaño, pues consta que el arrendatario del inmueble los autorizó para que lo ocuparan; y la circunstancia de que el propietario del local celebrara con relación al mismo, un diverso contrato de arrendamiento, con tercera persona, sin haber concluido el que con anterioridad tenía concertado, viene a plantear un conflicto de derechos entre los arrendatarios, conflicto que implicará, si acaso, responsabilidad para el propietario, pero que no puede privar al primer inquilino el uso del inmueble a virtud de su contrato y, consecuentemente, de la facultad de autorizar a quien le plazca, para vivir en su compañía.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301772-82bb569e/despojo-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 2384/48. Moreno Martínez José y coagraviados. 16 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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