COACUSADOS, VALOR DE SU DICHO.
Esta Suprema Corte ha sostenido invariablemente que cuando un coacusado acepta la responsabilidad que se le atribuye en los hechos por los cuales se motiva el proceso, y a la vez señala a personas que tuvieron participación en los actos delictuosos, estos atestados, en vez de estar viciados, constituyen elementos de cargo, con fuerza probatoria en contra de aquellas personas a quienes se señala como copartícipes; y los testimonios de tres coacusados son suficientes para justificar la responsabilidad del reo, en los delitos que se le imputan.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302228-d3f0fea9/coacusados-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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