COACUSADO, VALIDEZ DEL DICHO DEL.
Es cierto que la Suprema Corte ha establecido que la aceptación de responsabilidad de un acusado, sobre los hechos que se le imputan, constituye un elemento de prueba en contra de sus coacusados, si los señala como partícipes en la ejecución de los hechos que acepta plenamente; pero de esto no se sigue forzosa y fatalmente, que baste el dicho de un acusado que acepte su responsabilidad para que, sin más discriminaciones, se establezca la responsabilidad penal de los individuos señalados como sus copartícipes, por el reo confeso. La declaración del coacusado, es un indicio en contra de los demás, pero es una acusación singular que carece de valor si no está corroborada por elemento alguno en los autos, y existiendo duda respecto de la responsabilidad de los coacusados, estando a lo mas favorable para el reo, deben ser absueltos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307757-127438b3/coacusado-validez-del-dicho-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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