APELACION EN MATERIA PENAL.
Si el tribunal de alzada le redujo al reo la pena, en atención al hecho de que el Ministerio Público había acusado por delito de imprudencia y no por le homicidio simple, por el que lo condenó el juez inferior, de lo anterior resulta que, aunque esta Primera Sala, en continuas ejecutorias ha sostenido el criterio de que el pedimento del Ministerio Público no obliga necesariamente al juez del proceso, para aplicar la pena que aquél señala, si los hechos son diversos a los considerados por el representante social, la sentencia combatida, que beneficia al quejoso, no pueda ser modificada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302467-a47099c3/apelacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- APELACION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL, CUANDO EL APELANTE FUE EL MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL, LA SENTENCIA DE, NO PUEDE REBASAR LOS TERMINOS DE LA ACUSACION DEL MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis