ARBITRIO JUDICIAL.
El arbitrio judicial no puede ser modificado, sino cuando de manera ostensible no se hubieren tomado en cuenta la circunstancias que lo fijan.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303667-4b7355cb/arbitrio-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6499/46. Vital Ayala Esther. 28 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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