APELACION EN MATERIA PENAL (DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER).
Si el tribunal de apelación, en uso de sus facultades y para mejor proveer, acordó la practica de una diligencia, concretándola al perfeccionamiento de una anterior que, por omisa, aparecía dudosa, no agravia en modo alguno a los litigantes, ni altera las partes sustanciales del procedimiento, ni deja sin defensa a las partes contendientes, y realizada dentro de los términos de la ley, no puede causar agravio alguno a los acusados y menos cuando no se traduce en la aportación de algún nuevo elemento de cargo, en términos de violar en su perjuicio, garantías constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303871-288462c1/apelacion-en-materia-penal-diligencias-para-mejor-proveer · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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