DESPOJO, DELITO DE.
Uno de los elementos constitutivos del delito de despojo, estriba en que la ocupación o el uso del inmueble ajeno, se lleve a cabo de propia autoridad, y debe considerarse que ste elemento no concurre en la integración del delito, si el terreno de que se trata, lo ha ocupado el reo con autorización de una persona, misma que también le dio consentimiento para que hiciera uso de el, pues una cuestión posesoria meramente civil, no puede, en forma alguna, considerarse como constitutiva de una figura delictiva, como lo es el despojo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303895-12b23374/despojo-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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