CHEQUES GIRADOS SIN FONDOS, REPARACION DEL DAÑO, TRATANDOSE DE.
El reo debe reintegrar al ofendido el valor exacto del cheque que libró sin fondos, si dicho ofendido no comprobó dentro de la averiguación correspondiente, cuáles fueron las erogaciones que hubiera tenido que hacer, tales como gastos que se le hubieran presentado o intereses, que se hubieran visto obligado a pagar a tercera persona, con motivo de la circulación que hubiera tenido el mencionado título de crédito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303950-51e943c9/cheques-girados-sin-fondos-reparacion-del-dano-tratandose · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4610/44. Castell de Oro Gustavo. 26 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernado de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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