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Modo: Corpus Pro

PECULADO, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 304283 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2180

Para la existencia del delito de peculado no se requiere, de acuerdo con la legislación penal del Estado, prueba del dolo específico, es decir, de que la cosa "haya sido distraída de su objeto, dolosamente", ya que en la redacción del precepto relativo (artículo 204 del Código Penal), no se habla de "distracción dolosa", sino simplemente de que el reo "distraiga de su objeto el dinero, valores, etcétera.".

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304283-c25991b6/peculado-delito-de-legislacion-del-estado-de-mexico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 1537/46. Díaz Carmona Luis. 10 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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