AVERIGUACIONES PENALES.
Aun en el supuesto de que existieran dos averiguaciones sobre un mismo hecho, con esto no se viola el artículo 23 de la Constitución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305124-9baf4e17/averiguaciones-penales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 4523/41. Herrera Carlos y coag. 13 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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