ARBITRIO JUDICIAL.
Es deber ineludible del tribunal de alzada, razonar su arbitrio judicial, al individualizar la pena, sin que sea válido que se remita a las consideraciones expuestas por el Juez de primera instancia ya que el uso del arbitrio judicial no es sustituible por ningún otro criterio, sino que es específico del juzgador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305195-de4cc234/arbitrio-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2671/44. Adams Urtiaga Federico. 3 de mayo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ARBITRIO JUDICIAL. (s/clave)
- ARBITRIO JUDICIAL. (s/clave)
- ARBITRIO JUDICIAL. (s/clave)
- ARBITRIO JUDICIAL. (s/clave)
- ARBITRIO JUDICIAL. (776)
- ARBITRIO JUDICIAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis