ESTUPRO, DELITO DE.
La circunstancia de que la ofendida fuera menor de dieciocho años, hace presumir su castidad y honestidad, elemento que se corrobora con las declaraciones de testigos producidas al efecto. Por lo que toca al elemento engaño, debe estimarse que el mismo concurre a la configuración del delito, si el reo confesó que ofreció matrimonio a la ofendida, para lograr que ésta prestara su consentimiento para la realización del acto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306425-c867f732/estupro-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2952/44. Rico Arreola Maximiliano. 8 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ESTUPRO. DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
- ESTUPRO, DELITO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis